Una revisión de registros públicos identificó diez contratos por $133,5 millones entre 2021 y 2026. Siete fueron suscritos durante la presidencia de Gustavo Petro, uno de ellos con fecha de terminación en diciembre próximo. La Corte Suprema ordenó inspeccionar la documentación contractual del Senado.
Por: Redacción Infocronos
Los contratos que Deicy Jiménez suscribió con entidades del Estado colombiano durante los últimos cinco años están bajo escrutinio tras sus denuncias contra el expresidente Gustavo Petro. Una investigación de Revista CAMBIO identificó diez vinculaciones por $133.564.432, desde la época en que Petro ejercía como senador hasta 2026. Entre ellas figura un contrato con el Ministerio del Interior que permanece registrado en ejecución, mientras la Corte Suprema de Justicia ordenó recopilar documentación sobre su paso por el Congreso.
Los registros adquieren relevancia porque Jiménez sostiene que el exmandatario intervino para facilitarle oportunidades de contratación pública y que otras mujeres también habrían recibido beneficios laborales a cambio de encuentros íntimos. Petro rechaza esas acusaciones. Hasta ahora, la existencia de los contratos no demuestra que se hayan adjudicado mediante favorecimientos indebidos.
Diez contratos en dos etapas de la trayectoria política de Petro
La revisión del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), divulgada por CAMBIO el 26 de octubre, permitió identificar diez contratos celebrados mediante contratación directa entre 2021 y 2026.
Tres corresponden a 2021 y comienzos de 2022, cuando Gustavo Petro todavía ocupaba una curul en el Senado. Estos vínculos, suscritos con esa corporación, sumaron $16.620.000.
Los siete restantes, por $116.944.432, se celebraron durante su periodo presidencial, aunque no todos correspondieron a entidades del Gobierno nacional. Cuatro fueron contrataciones del Senado, dos del Ministerio del Interior y una de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Esta distinción es importante. El Senado pertenece a la rama legislativa y cuenta con autonomía administrativa. Por tanto, que un contrato se haya firmado durante la presidencia de Petro no significa que haya sido ordenado por él ni por la Presidencia de la República.
En conjunto, los registros muestran una continuidad de vinculaciones con distintas entidades estatales a lo largo de cinco años. Lo que todavía debe establecerse es si existió alguna intervención irregular en los procedimientos de contratación.
El contrato de $34 millones y la mención de María José Pizarro
Uno de los vínculos identificados por CAMBIO corresponde a un contrato por $34.336.000 para prestar servicios de apoyo a la Primera Vicepresidencia del Senado, cargo que entonces ocupaba María José Pizarro.
El nombre de la excongresista aparece también en las declaraciones de Jiménez, quien aseguró, durante una entrevista con Vicky Dávila publicada por Semana, que obtuvo contratos en el Senado y que Pizarro sabía que había llegado recomendada por Gustavo Petro.
La existencia del contrato y su relación administrativa con la Primera Vicepresidencia no prueban, por sí solas, que Pizarro hubiera intervenido irregularmente en su adjudicación o que conociera los supuestos acuerdos descritos por Jiménez.
Para determinar eventuales responsabilidades será necesario examinar quién solicitó la contratación, qué dependencia justificó la necesidad del servicio, cuáles fueron las funciones asignadas, quién supervisó su ejecución y qué documentos acreditan el cumplimiento de las obligaciones.
El contrato del Ministerio del Interior que continúa vigente
Otro de los documentos relevantes corresponde al contrato 947 de 2026, suscrito el 30 de enero con el Ministerio del Interior por $30.457.094.
Según la información divulgada por CAMBIO a partir de SECOP, el vínculo tiene como fecha de terminación prevista el 31 de diciembre de 2026 y aparece registrado con el estado “En ejecución”.
Su objeto está relacionado con la prestación de servicios de apoyo a la Subdirección de Proyectos para la Seguridad y Convivencia Ciudadana, particularmente en actividades vinculadas con proyectos financiados o cofinanciados mediante el Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecon).
Sin embargo, el estado publicado en SECOP debe interpretarse con precisión. Que un contrato figure en ejecución y tenga una fecha futura de terminación no confirma, por sí solo, que continúen prestándose servicios o efectuándose pagos. Para establecer su situación efectiva deben revisarse las modificaciones, suspensiones, terminaciones anticipadas y demás documentos del expediente contractual.
Qué denunció Deicy Jiménez contra Gustavo Petro
La controversia se originó en las declaraciones que Jiménez entregó a Semana el pasado 25 de octubre. Según su relato, conoció a Petro en 2019, cuando era senador y posteriormente comenzó a recibir su ayuda para conseguir contratos estatales.
La denunciante también aseguró que entre 30 y 40 mujeres habrían obtenido órdenes de prestación de servicios después de acompañar al exmandatario en encuentros privados. Además, formuló señalamientos relacionados con el presunto consumo de sustancias ilícitas.
Estas afirmaciones son materia de investigación y no constituyen hechos judicialmente acreditados. Los documentos, conversaciones y demás elementos divulgados públicamente deberán someterse a las verificaciones correspondientes.
Petro, por su parte, negó haber utilizado el poder público para obtener favores sexuales y rechazó los señalamientos, que atribuyó a una operación política en su contra.
El debate, desde la perspectiva de la administración pública, no se limita a la naturaleza de las relaciones personales mencionadas. La cuestión jurídicamente relevante es si alguna autoridad utilizó sus competencias para favorecer contrataciones a cambio de beneficios particulares.
La Corte Suprema ordenó inspeccionar los contratos del Senado
El caso registró un nuevo avance este jueves 5 de noviembre, cuando se conoció que la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia ordenó una inspección judicial en la Secretaría General del Senado para obtener la documentación relacionada con los contratos de Jiménez.
La diligencia fue dispuesta por el magistrado Javier Fernando Fonseca Alvarado y busca recaudar información directamente de la corporación, con el propósito de examinar las circunstancias en las que se produjeron las vinculaciones.
Paralelamente, la Fiscalía General de la Nación abrió el 23 de octubre una noticia criminal por posibles irregularidades contractuales relacionadas con las denuncias de Jiménez y otros señalamientos sobre el funcionamiento de dependencias del anterior Gobierno.
La Procuraduría también inició una indagación previa contra servidores públicos por identificar y solicitó información contractual a varias entidades, entre ellas el Congreso, el Departamento Administrativo de la Presidencia, el Ministerio del Interior y distintas superintendencias.
Qué deberán esclarecer las investigaciones
La documentación contractual permite acreditar que existieron relaciones jurídicas entre Jiménez y diferentes entidades del Estado. Sin embargo, no permite concluir automáticamente que las contrataciones fueron ilegales.
La contratación directa es una modalidad prevista en la legislación colombiana para determinados supuestos, incluidos los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes.
El examen de los expedientes deberá establecer si las entidades justificaron adecuadamente la necesidad de contratar, si Jiménez reunía las condiciones exigidas, si cumplió las actividades pactadas y si existieron recomendaciones, presiones o intervenciones contrarias a la ley.
También será necesario determinar si las denuncias sobre otras posibles beneficiarias cuentan con respaldo documental y si existe alguna relación verificable entre los contratos y los encuentros personales descritos.
La cronología, las entidades contratantes y los montos identificados plantean preguntas que ahora forman parte del escrutinio público y judicial. La diferencia entre un vínculo contractual legítimo y un eventual favorecimiento indebido dependerá de las pruebas sobre cómo se decidió, ejecutó y supervisó cada contratación.
Imagen de portada generada con fines ilustrativos.

